Abogacía
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Browsing Abogacía by Subject "Abuso sexual"
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Item La ambigüedad del abuso sexual en la era digital(2022-04) Monte, Elías Tomás; Baena, César DanielEn la presente nota realizaremos el análisis del fallo numero doscientos tres de fecha 28 del mes de julio del año 2020, en la ciudad de Córdoba. se constituyó en audiencia pública la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia, presidida por la señora Vocal doctora Aída Tarditti, con la asistencia de los señores Vocales doctores María Marta Cáceres de Bollati y Luis Enrique Rubio, a los fines de dictar sentencia en los autos “C.,F.D p.s.a. producción de imágenes pornográficas de menores de 18 años, etc.-Recurso de Casación-” (SAC XXX), con motivo del recurso de casación interpuesto en forma in pauperis por el imputado F.D.C, con el fundamento técnico del abogado defensor D.V. en contra de la Sentencia número cincuenta y cuatro dictada el dos de octubre de dos mil dieciocho, por la Cámara en lo Criminal y Correccional de Octava Nominación de esta ciudad.Item Dilema: La valoración de la prueba en los delitos de abuso sexual(2021-10) Dowzyk, Carlos Adrián; Vittar, RominaEl fallo seleccionado emanado de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, en autos “J., I.J. s/ delitos contra la integridad sexual víctima menor de 16 años (estupro) abuso sexual…- Recurso J., I. J. s/ Apelación Sentencia Condena prisión efectiva (CUIJ- 21-06249720-0) s/Recurso de Inconstitucionalidad (Queja admitida)- (CUIJ- 21-511629-2)”, visualiza el dilema al que se enfrenta el Juzgador al momento de evaluar el plexo probatorio reunido en los delitos contra la integridad sexual, que consagra el Código Penal, en su art. 119 ss. y cc.1 , especialmente cuando afectan a menores y adolescentes que por su edad e inmadurez se encuentran en un palmario estado de vulnerabilidad (conforme lo define las Reglas de Brasilia- nro. 3).Item Género y pandemia: los nuevos desafíos del derecho(2022-04) Ceballos, Mariana; Caramazza, María LorenaEl fallo del Tribunal Superior de Justicia de Neuquén (2020) “V. W. O. A. S/ ABUSO SEXUAL” Acuerdo N° 2 de la Sala Penal II, integrada por la Dra. M. Soledad Gennari y el Dr. A. Elosú Larumbe, dictado el 08/05/2020; ofrece la posibilidad de analizar en un caso concreto, cómo la realidad inmediata convoca al mundo jurídico; y de qué manera la perspectiva de género resulta una metodología de apoyo en la tarea de impartir justicia, ofreciendo una guía jurídica sistematizada para el análisis del caso, y sentando bases jurisprudenciales como fuente del derecho penal. En el fallo se discute la admisibilidad del recurso impugnativo extraordinario interpuesto por la Fiscalía, solicitando que se anule la sentencia del Tribunal de Impugnación, que concede el beneficio de prisión domiciliaria a un condenado por abuso sexual agravado mientras dure el aislamiento social obligatorio, por estar entre la población con riesgo alto de contagio de COVID-19 a causa de una enfermedad preexistente (EPOC). Entre los planteos, el Ministerio Público Fiscal refiere que la sentencia recurrida es arbitraria, carece de sustento normativo, fáctico, y no contempla los compromisos internacionales de investigar y sancionar mediante procesos judiciales efectivos los Derechos Humanos de las mujeres.Item Hacia una efectiva aplicación de un razonamiento jurídico con perspectiva de género(2021-11) Sotelo, Gloria Viviana; Cocca, NicolásNota a fallo : “R.F.A. S/Abuso sexual simple”, Expte. Nº 699-2019. Excmo. Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Tomo VI-Folio 1057/1078 de fecha 14/10/2020. El fallo bajo estudio resulta de gran valor, por cuanto representa una interpretación con una mirada más amplia tendiente al equilibrio, con base a los estándares más rigurosos en perspectiva de género a favor de la presunta víctima y garantías constitucionales que le asisten al imputado.Item La importancia de la amplitud probatoria en las cuestiones de género(2022-04) De lulus, Andrea Karina; Gulli, María BelénNota a fallo con autos caratulados: “C/C D., J. C. POR ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL EN PERJUICIO DE M. M. (M) – G., M. (DEN) – RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD” (CJS, 38.340/16, 2018) se está en presencia de un abuso sexual agravado por ser con acceso carnal, que se comete en perjuicio de una adolescente de 15 años de edad, en donde el “a quo” determina que el imputado es inocente porque la víctima no se defendió y por ende el acto sexual fue consentido, sin tener en cuenta ni valorar las pruebas ofrecidas por la propia víctima; mientras que, la Corte de Justicia de Salta, en adelante (CJS), por su parte, se aferra a la carga probatoria aportada por la misma. El análisis realizado por la CJS adquiere suma importancia al advertir que la sentencia absolutoria a favor del imputado fue arbitraria y desconoció lo dispuesto por el art. 16 inc. i) de la Ley 26.485, en el que se dispone una tutela hacia la mujer para que se le garantice en cualquier procedimiento judicial o administrativo, la posibilidad de ampliar su prueba para poder demostrar los hechos denunciados.Item Juzgar con perspectiva de género: La trascendencia de normas internacionales(2022-04) Fernández, Eliana Lucrecia; Bustos, Carlos IsidroCuando un Tribunal de justicia construye una decisión a partir de los elementos convincentes que le permitieron llegar a tal conclusión, se puede pensar que esa decisión fue la correcta. No obstante puede suceder que en realidad el punto que pone fin a la controversia, pudo darse de otra manera. En esta nota a fallo sobre los autos caratulados Fariña Acosta, Jorge Darío s/ abuso sexual, art. 119 primer párrafo1 del Código Penal Argentino, de fecha 11 de octubre de 2.016, se analizará si esa decisión correcta fue justa, es decir, si se ha ajustado a derecho. La Corte Suprema de Justicia de la Nación (en adelante CSJN) puso de manifiesto el actuar de algunos justiciables que componen los tribunales inferiores. Es decir, desde que la jurisdicción tuvo conocimiento del pleito denunciado por una mujer menor de edad con retraso mental, ante el posible delito de abuso sexual, quedó sujeta a exigencias especiales que están en los enmarcados contenidos de la norma jurídica, por tener vinculación con la cuestión de género, dado que la causa involucra a una mujer como víctima. Estas actuaciones que exige la ley, legislación que se crea a partir de la urgente necesidad de regular los cambios que se van dando en la sociedad, se desprende del derecho interno y del derecho internacional en virtud de alcanzar la debida diligencia de la justicia. De modo que, los ministros que integran la cima de la justicia han observado los hechos fácticos para subsumirlo a la norma, y ante la confluencia de las distintas garantías del debido proceso obedecen a estos saberes, se encuentran con un problema de relevancia y priman la aplicación de la jerarquía normativa, replicando lo que la norma regula. Por lo tanto el máximo Tribunal determinó que el desarrollo de la investigación en donde existió una posible violencia hacia la mujer, debió llevarse a cabo con especial profundización, en garantías del debido proceso y la defensa en juicio, en consecuencia llegar a la verdad de los hechos.Item Partícipe Necesario: Factores judiciales, sociales y culturales para la determinación de la pena(2021-10) Pereyra Jamenson, María Fernanda; Vittar, RominaEn la nota a fallo se analiza uno que pertenece al Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de San Luis, dictado en autos caratulados–“Abuso Sexual con acceso carnal agravado por el vínculo por ser guardador y por el aprovechamiento de convivencia preexistente en calidad de partícipe necesario”- IURIX PEX INC Nº 208313/17. Carina Di Marco es condenada a cumplir la pena de dieciocho años de prisión, accesorias de ley y costas procesales, disponiendo su alojamiento en dependencias del Servicio Penitenciario Provincial – Cuando se individualizó la pena, se tomaron como agravantes una serie de cuestiones de distintas naturaleza. El análisis de este (1) fallo se concentrará en la arbitraria aplicación de la pena en el caso concreto y se realizará un análisis crítico de los argumentos brindados por el tribunal.Item Las prácticas actuales y la revictimización en el Derecho Penal. Nota a fallo sobre autos: “Bravo, Darío Horacio p.s.a. abuso sexual con acceso carnal por vía vaginal y oral agravado, etc. s/ rec. de casación” 2019(2022-04) Gerbaudo, Micol Ruth; Lozano Bosh, MirnaEn la presente nota a fallo se hace referencia a los autos caratulados: “Bravo, Darío Horacio p.s.a. abuso sexual con acceso carnal por vía vaginal y oral agravado, etc. s/ rec. de casación c/ sent. nº 36/19 de expte. letra “B” nº 47/19” Expte. Corte Nº 074/19, correspondiente a la Sentencia N° 31 dictada por la Corte de Justicia de Catamarca en la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, de fecha 3 de septiembre de 2020, con motivo del recurso de casación interpuesto por la Dra. Graciela Jorgelina Sobh, fiscal de cámara subrogante legal, en contra de la Sentencia N° 36/19, de fecha 22 de agosto de 2019, dictada por la Cámara de Sentencias en lo Criminal de 3° Nominación.Item El problema de la colisión de principios. Algunos aportes en clave de perspectiva de género.(2021-12) Senz, Karina Alejandra; Lozano Bosch, MirnaEl fallo P. S.G: s/ Abuso sexual, prescripción de la acción penal, dictaminado por el tribunal de la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional pone en evidencia ciertos problemas axiológicos, que son aquellos que se ocasionan, en relación a una regla de derecho, por la contradicción con algún principio superior del sistema o un conflicto entre principios en un caso concreto. En el caso concreto que se plantea en el fallo, se aprecia por un lado, la contradicción de principios del derecho internacional- a partir de los plasmados en instrumentos internacionales a los que la República Argentina adhirió y ratificó (Convención Americana de Derechos Humanos, Declaración Universal de los Derechos Humanos, Convención interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Convención sobre los Derechos del Niño, entre los más importantes)- con principios que aparecen en la Constitución Nacional, es decir, en nuestro derecho interno; en este sentido puede hablarse de la contradicción del principio de acceso a la justicia proveniente de la CADH con el de legalidad, de irretroactividad de la ley penal más gravosa, plasmado en nuestra constitución y Código Penal, entre otros. Por otro lado, contradicción de principios provenientes de los propios tratados mencionados, como en el caso del principio de dignidad de la mujer y respeto, el de igualdad, tutela judicial efectiva, interés superior del niño/a, entre otros.